En ocasiones nos pueden surgir oportunidades de trabajos puntuales e inmediatamente se nos vienen a la cabeza una serie de dudas: ¿Es posible facturar sin ser autónomo?, ¿Se puede facturar un trabajo puntual?, ¿Es legal? La respuesta es sí. Se puede facturar sin ser autónomo, es decir, sin tener que estar dado de alta como autónomo. En este post os aclararemos varias dudas acerca de este tema, que por lo general suele ser bastante ambiguo. Además te indicaremos los requisitos para poder facturar como persona física sin estar dado de alta en el Régimen de Autónomos.
CONTENIDOS
¿Qué es ser un autónomo?
Facturar como persona física
Claves para facturar sin ser autónomo
¿Cómo facturar sin ser autónomo?
¿Qué es ser un autónomo?
Para saber si es posible facturar sin ser autónomo, lo primero que debemos tener claro es que ser un autónomo. Según la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, se consideran trabajadores autónomos:
“… las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a titulo lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena. Esta actividad autónoma o por cuenta propia podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial.”
Además, para trabajar como autónomo se debe ser mayor de edad, o bien, si se es menor de edad, al menos hay que ser independiente. Otro de los requisitos de los autónomos es que, cuando trabajan, la misma persona es responsable de sus cotizaciones a la Seguridad Social. Así mismo, los trabajadores autónomos deben estar registrados en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos (RETA).
Facturar como persona física
Para tener claro este concepto, es importante entender que facturar como persona física no nos hace autónomos, pues estamos hablando de una actividad que no es habitual. Se considera una actividad habitual, según la sentencia que el Tribunal Supremo dicto en el 2007, cuando los ingresos del trabajador superan el Salario Mínimo Interprofesional.
Claves para facturar sin ser autónomo
Como ya hemos dicho, es posible facturar sin ser autónomo. Los supuestos en los que no es obligatorio darse de alta en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos (RETA), están muy delimitados:
- Si es algo puntual.
Este punto es fundamental, ya que así demuestras a Hacienda que es una actividad esporádica y que no es tu principal fuente de ingresos.
- Si con ese ingreso no superas el SMI (Salario Mínimo Interprofesional).
Para poder facturar sin ser autónomo, es necesario no superar en ingresos brutos al año lo correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). De superarlo, sería necesario darse de alta en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos (RETA).
Cumplir con estos dos requisitos te eximirá de problemas con Hacienda. En resumen, si no se trabaja de forma habitual en actividades propias de los autónomos y no se supera el Salario Mínimo interprofesional, se puede facturar sin ser autónomo.
¿Cómo facturar sin ser autónomo?
Cumplir con estos requisitos no es lo mismo que poder emitir facturas sin ser autónomo y sin hacer ningún trámite. Por eso, para poder facturar sin ser autónomo deberás:
- Registrarte en Hacienda.
Más específicamente en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. De esta forma el Ministerio de Hacienda podrá controlar las actividades realizadas y comprenderá las facturas. Para ello se debe completar el modelo 036. Todo este trámite es completamente gratuito.
- Cumplir con las obligaciones tributarias.
Es decir, se deberán declarar los impuestos correspondientes a las facturas emitidas, especialmente el impuesto al valor a añadido (IVA) y el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Para declarar el IVA, se deberá presentar el modelo 303 y su correspondiente modelo anual, el modelo 390. Además, para liquidar el impuesto sobre la renta de las personas físicas, se presentará el modelo 130 trimestralmente.
Por último, si cumples con los requisitos que hemos mencionado anteriormente, otra opción es darse de alta en una cooperativa. Eso sí, tienes que pagar la tasa de registro, más un porcentaje determinado de cada factura. Sin embargo, al mismo tiempo, te ahorrarás el resto de trámites porque ellos mismos gestionan los impuestos.
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